Resumen ejecutivo
Ley de cinco artículos sancionada el 4 de junio de 2003 y promulgada el 19 de junio de 2003 por Decreto 224/2003, sin observaciones. Responde a la ola de secuestros extorsivos de comienzos de los años 2000. Unifica la estructura de los tipos de los artículos 142 bis y 170: misma escala base, mismo catálogo de seis agravantes (víctima embarazada, menor de 18 o mayor de 70 años; parentesco o respeto particular; lesiones graves o gravísimas; víctima discapacitada, enferma o que no puede valerse; autor funcionario público o integrante o ex integrante de fuerzas de seguridad o inteligencia; participación de tres o más personas), y las mismas figuras por resultado de muerte. Suma dos herramientas de política criminal: la reducción de pena por colaboración (artículo 41 ter), limitada a quienes tengan menor responsabilidad penal que los identificados, y el del lugar de cautiverio con afectación de lo decomisado y de las multas a programas de asistencia a la víctima.Objetivo
Endurecer las penas del secuestro, dar herramientas para ubicar a la víctima con vida y financiar la asistencia a las víctimas con los bienes decomisados.Problema que resuelve
Los secuestros extorsivos y coactivos habían crecido de forma alarmante y el régimen penal vigente no ofrecía ni escalas disuasivas homogéneas ni incentivos para que partícipes menores revelaran el lugar de cautiverio.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes