Resumen ejecutivo
La Ley de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico (2003) protege el patrimonio arqueológico (vestigios de las culturas que habitaron el país) y paleontológico (fósiles) como parte del patrimonio cultural de la Nación. Declara a estos bienes del público del Estado nacional, provincial o municipal según dónde se hallen (arts. 2339/2340 del Código Civil y art. 121 de la Constitución). Distribuye las competencias: la tutela nacional está a cargo del Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL) para lo arqueológico y de un organismo del área de Ciencia y Tecnología para lo paleontológico, y las provincias organizan sus registros y otorgan las concesiones. Crea los registros de yacimientos, colecciones y objetos y de infractores; obliga a denunciar los hallazgos; regula las concesiones para prospectar e investigar, las limitaciones a la propiedad privada (ocupación temporánea, ), el traslado de piezas dentro y fuera del país, y un régimen de infracciones, sanciones y delitos penales (con penas de prisión por excavar o comerciar sin autorización). Derogó la centenaria Ley 9.080.Objetivo
Preservar y proteger el patrimonio arqueológico y paleontológico y ordenar su aprovechamiento científico y cultural.Problema que resuelve
El saqueo y el comercio ilegal de piezas arqueológicas y fósiles; los declara del público y sanciona su apropiación.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes