Resumen ejecutivo
Ley de dos artículos sancionada el 4 de junio de 2003 y promulgada el 19 de junio de 2003. La Ley 19.101 exige, para ascender, haber cumplido un tiempo mínimo en el grado anterior. Esta reforma habilita una excepción acotada a los cuatro cargos de conducción máxima de las Fuerzas Armadas: al designar a un oficial superior como Jefe de Estado Mayor General del Ejército, de la Armada o de la Fuerza Aérea, o como Jefe del Estado Mayor Conjunto, no se le exige ese requisito. Amplía así el universo de oficiales entre los que el Poder Ejecutivo puede elegir la conducción militar.Objetivo
Permitir que el Poder Ejecutivo designe a los Jefes de Estado Mayor sin quedar limitado por el tiempo mínimo de permanencia en el grado.Problema que resuelve
La exigencia rígida de tiempo mínimo en el grado restringía el conjunto de oficiales superiores elegibles para conducir cada Fuerza y el Estado Mayor Conjunto.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes