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Ley 25.761

VigenteNacional

Régimen legal para el desarmado de automotores y la venta de sus autopartes

Sanción:16 de julio de 2003Promulgación:7 de agosto de 2003BO:11 de agosto de 2003Ver fuente oficial
1 reforma — ver historial
2003Texto original
2004Decreto 744/2004vigente

Designó la autoridad de aplicación de la Ley 25.761 y avanzó en su reglamentación; a partir de allí se dictaron el listado básico de autopartes recuperables (Resolución 199/2005 de la Secretaría de Industria) y las disposiciones de inscripción y renovación anual del Registro Único de Desarmaderos.

16artículos
1modif.
desarmaderosautopartes usadasrobo de automotoresRegistro de la Propiedad del Automotorseguridad
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Desarmaderos de Automotores ataca el eslabón económico del robo de autos: el desarmadero que convierte un vehículo robado en repuestos sin trazabilidad. El esquema que monta es simple y verificable. Ningún automotor puede desarmarse sin pedir antes la baja ante el registro seccional; el registro emite un certificado de baja y desarme donde consta el vehículo, su dueño, el desarmadero responsable y las piezas no reutilizables, y retiene la documentación del vehículo junto con una foto en papel del momento de la entrega. Recién con ese certificado queda autorizado el desarme. Las autopartes sin número deben ser numeradas según el listado que elabora la autoridad de industria, atendiendo a su valor y a su frecuencia de reemplazo, y ningún comerciante puede ofrecer ni tener en stock repuestos sin esa identificación: la factura o remito debe llevar el número de la pieza. Todos los desarmaderos y comercios de autopartes usadas deben inscribirse en un Registro Único, documentar cada ingreso y egreso y conservar esa documentación diez años. Las aseguradoras que declaran destrucción total quedan obligadas a inscribir la baja. Y el artículo 13 tipifica las conductas: multa para el desarme sin autorización, y prisión de quince días a tres meses más multa e inhabilitación para quienes hacen de eso una actividad.

Objetivo

Cortar el circuito de comercialización de autopartes provenientes de vehículos robados, dando trazabilidad a cada pieza usada que se vende.

Problema que resuelve

El robo de automotores se sostenía en desarmaderos que operaban sin registro y vendían repuestos sin identificación, imposibles de rastrear. No había de dar de baja el vehículo antes de desarmarlo ni de numerar las piezas.

A quiénes alcanza

desarmaderos de automotorescomerciantes de repuestos usadospropietarios de automotorescompañías de segurosregistros seccionales del automotorfuerzas de seguridad
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Todo propietario que desarme un automotor debe pedir la baja ante el registro seccional correspondiente y, si quiere recuperar piezas, acompañar un listado preciso y detallado con la identificación numérica de las que la posean.
  • Los registros seccionales deben emitir un certificado de baja y desarme con la identificación del automotor, la fecha de baja, el propietario, el desarmadero responsable y el listado de autopartes no reutilizables; y deben retener la documentación del vehículo y pedir una foto color no digital al momento de la entrega.
  • Las compañías de seguros titulares o poseedoras de un rodado calificado como destrucción total deben inscribirlo en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor con un acta de inspección y solicitar el certificado de baja.
  • Las autopartes sin número de identificación incluidas en el listado de la autoridad competente deben ser numeradas con la metodología que ésta disponga.
  • Quien comercialice o transporte repuestos usados debe consignar el número identificatorio de la pieza en la factura o remito y abstenerse de ofrecer o mantener en stock repuestos sin identificación.
  • Quien comercialice o almacene repuestos usados debe presentar una declaración jurada describiendo su stock, con número y marca de las piezas identificadas, y con modelo, lado y color en el caso de puertas y modelo y color en el de techos.
  • Toda persona física o jurídica que desarme o comercialice las partes resultantes debe inscribirse en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas.
  • Los inscriptos deben documentar el ingreso y egreso de vehículos y partes, destruir las piezas no aptas para reciclaje y conservar la documentación diez años, exhibiéndola ante la autoridad de control cuando se la requiera.

Derechos que reconoce

  • Los compradores de repuestos usados tienen derecho a recibir factura o remito con el número identificatorio de la pieza.
  • Cualquier persona puede denunciar incumplimientos a través del servicio gratuito de recepción de denuncias organizado en la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.

Casos de uso

  • El dueño de un auto siniestrado que quiere aprovechar el motor pide la baja en el registro seccional y acompaña el listado de piezas a recuperar antes de llevarlo al desarmadero.
  • Una aseguradora declara destrucción total de un vehículo: debe inscribir la baja con acta de inspección y pedir el certificado, no puede simplemente venderlo entero al desarmadero.
  • Un comercio de repuestos usados exhibe puertas sin número identificatorio: incumple el artículo 7º y queda expuesto a prisión, multa e inhabilitación.
  • La policía inspecciona un desarmadero y le pide la documentación de los últimos años: la ley obliga a conservarla por diez años y a exhibirla.
  • En una causa penal se secuestraron autopartes no registradas: antes de devolverlas al propietario, el juez debe ordenarle regularizar su registro.

Preguntas frecuentes

Sí, pero primero hay que solicitar la baja ante el registro seccional del automotor. Si se quieren recuperar piezas, hay que acompañar un listado preciso y detallado de ellas con su identificación numérica. Recién emitido el certificado de baja queda autorizado el desarme.