Resumen ejecutivo
Ley de dos artículos sancionada el 6 de agosto de 2003 y promulgada de hecho el 29 de agosto de 2003. Introduce una agravante genérica, aplicable a cualquier del Código Penal de la Nación Argentina. El agravamiento no recae sobre el menor, sino sobre los adultos que participaron del hecho junto con él: la finalidad es desalentar el uso de niños y adolescentes como instrumento delictivo, práctica que además busca aprovechar el régimen penal más benigno de la minoridad. La escala se corre un tercio hacia arriba tanto en el mínimo como en el máximo.Objetivo
Castigar más severamente a los adultos que cometen delitos valiéndose de la intervención de menores de dieciocho años.Problema que resuelve
El aprovechamiento de menores para delinquir quedaba sin respuesta penal específica: al adulto le correspondía la misma pena que si hubiera actuado solo, pese al daño adicional que implica involucrar a un niño o adolescente en el .A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes