Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de dos artículos. El Acuerdo, de once artículos, establece un marco general para la cooperación energética con Venezuela en recursos energéticos naturales, hidrocarburos líquidos y gaseosos y sus derivados, y energía eléctrica. Prevé mecanismos permanentes de consulta e intercambio de información sobre la evolución de los mercados energéticos internacionales y sobre la situación de los sectores energéticos de ambos países, el intercambio de estudios y proyectos orientados a la productividad, la eficiencia, la conservación y la sustentabilidad, el diseño y ejecución conjunta de estudios, proyectos y programas de investigación y desarrollo, actividades de capacitación y formación de recursos humanos, seminarios y talleres —incluidos los referidos a políticas que faciliten el comercio de productos, bienes y servicios del sector— publicaciones conjuntas e intercambio de información sobre medidas fiscales y arancelarias.Objetivo
Crear un marco estable de cooperación energética con Venezuela, uno de los principales productores de hidrocarburos de la región, en un contexto de integración latinoamericana.Problema que resuelve
La relación energética con Venezuela se manejaba por contactos puntuales, sin mecanismos permanentes de consulta ni intercambio sistemático de información sobre mercados, proyectos y regulación del sector.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes