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Ley 25.786

VigenteNacional

Acuerdo sobre Cooperación Energética con Venezuela

Sanción:1 de octubre de 2003Promulgación:30 de octubre de 2003BO:31 de octubre de 2003Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley aprobatoria de dos artículos. El Acuerdo, de once artículos, establece un marco general para la cooperación energética con Venezuela en recursos energéticos naturales, hidrocarburos líquidos y gaseosos y sus derivados, y energía eléctrica. Prevé mecanismos permanentes de consulta e intercambio de información sobre la evolución de los mercados energéticos internacionales y sobre la situación de los sectores energéticos de ambos países, el intercambio de estudios y proyectos orientados a la productividad, la eficiencia, la conservación y la sustentabilidad, el diseño y ejecución conjunta de estudios, proyectos y programas de investigación y desarrollo, actividades de capacitación y formación de recursos humanos, seminarios y talleres —incluidos los referidos a políticas que faciliten el comercio de productos, bienes y servicios del sector— publicaciones conjuntas e intercambio de información sobre medidas fiscales y arancelarias.

Objetivo

Crear un marco estable de cooperación energética con Venezuela, uno de los principales productores de hidrocarburos de la región, en un contexto de integración latinoamericana.

Problema que resuelve

La relación energética con Venezuela se manejaba por contactos puntuales, sin mecanismos permanentes de consulta ni intercambio sistemático de información sobre mercados, proyectos y regulación del sector.

A quiénes alcanza

Secretaría de Energía y organismos del sectorEmpresas de hidrocarburos y energía eléctricaInvestigadores y técnicos del sector energéticoMinisterio de Relaciones Exteriores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las Partes deben crear mecanismos permanentes de consulta para intercambiar información y análisis sobre la evolución de los mercados energéticos internacionales
  • Deben intercambiar información sobre experiencias y perspectivas de los sectores energéticos de ambos países y sobre estudios y proyectos que promuevan productividad, eficiencia, conservación y sustentabilidad
  • Deben cooperar en el diseño y la ejecución conjunta de estudios, proyectos y programas, incluidos los de investigación y desarrollo
  • Deben desarrollar actividades de capacitación y formación de recursos humanos y organizar seminarios y talleres del sector
  • Deben intercambiar información sobre medidas fiscales y arancelarias vinculadas al sector energético

Derechos que reconoce

  • Técnicos y profesionales del sector energético de ambos países acceden a actividades conjuntas de capacitación, seminarios y programas de formación

Casos de uso

  • Los organismos energéticos de ambos países se consultan sobre la evolución del precio internacional del crudo
  • Se diseña un programa conjunto de investigación sobre eficiencia energética
  • Se dicta un seminario binacional sobre regulación del sector eléctrico
  • Se intercambia información sobre medidas fiscales que afectan el comercio de productos energéticos

Preguntas frecuentes

El Acuerdo sobre Cooperación Energética firmado con Venezuela en Caracas el 12 de julio de 2000, que consta de once artículos.