Resumen ejecutivo
El Congreso dispuso el traspaso gratuito de un terreno urbano de propiedad del Estado nacional en Gualeguay a la provincia de Entre Ríos. La afectación no es libre: la ley ata la transferencia a un destino concreto, el uso de la Dirección Departamental de Escuelas de Gualeguay dentro del Consejo General de Educación provincial. Los gastos de escrituración y de cualquier trámite quedan enteramente a cargo de la provincia. Es una de las decenas de leyes de transferencia de inmuebles nacionales sin uso a provincias y municipios que el Congreso sancionó en esos años: la surge del artículo 75 inciso 5 de la Constitución Nacional, que reserva al Congreso disponer del uso y la enajenación de las tierras de propiedad nacional.Objetivo
Poner un inmueble nacional ocioso al servicio de la administración escolar de Entre Ríos, sin costo para el Estado nacional.Problema que resuelve
El Estado nacional conservaba el de un terreno en Gualeguay que no utilizaba, mientras la administración escolar provincial necesitaba una sede. Sin ley del Congreso la provincia no podía adquirir el , porque solo el Congreso puede disponer de las tierras de propiedad nacional.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes