Resumen ejecutivo
El Acuerdo de Complementación Económica N° 36 es el instrumento por el cual el MERCOSUR y Bolivia crearon una zona de libre comercio en el marco de la ALADI. Este Decimoprimer Protocolo Adicional le incorpora un régimen completo de solución de controversias, contenido en un Anexo de cinco capítulos y cuarenta y dos artículos. El procedimiento es escalonado: primero negociaciones directas entre las Partes; si no hay acuerdo, intervención de la Comisión Administradora del Acuerdo, que puede convocar a un Grupo de Expertos; y, en última instancia, un procedimiento arbitral ante un Tribunal Arbitral cuyos laudos son inapelables y obligatorios. El régimen regula plazos, medidas provisionales, acumulación de procedimientos, costos, confidencialidad de las actuaciones y la posibilidad de desistimiento o transacción en cualquier etapa.Objetivo
Dotar al Acuerdo de Complementación Económica N° 36 entre el MERCOSUR y Bolivia de un mecanismo previsible y obligatorio para resolver las controversias comerciales derivadas de su aplicación e interpretación.Problema que resuelve
Sin un régimen de solución de controversias, los conflictos sobre la interpretación o el incumplimiento del acuerdo comercial quedaban librados a la negociación política, con resultados imprevisibles y demoras que afectaban a los exportadores. El protocolo fija etapas, plazos y un árbitro final cuya decisión obliga.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes