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Ley 25.840

VigenteNacional

Estado de emergencia en el Departamento General San Martín, provincia de Salta

Sanción:26 de noviembre de 2003Promulgación:29 de diciembre de 2003BO:6 de enero de 2004Ver fuente oficial
6artículos
emergencia económicaSaltadiferimiento impositivocréditoobra pública
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de seis artículos que declara la emergencia en un departamento determinado de Salta por seis meses, prorrogables por el Ejecutivo, y despliega cuatro herramientas de alivio: diferimiento inmediato de las obligaciones tributarias y previsionales vencidas y a vencer; renegociación por la banca oficial de los créditos otorgados a los damnificados; medidas del Banco Central para evitar que se les apliquen las sanciones de las Leyes 24.452 y 25.730 por cheques rechazados; y la garantía de que la obra pública prevista para el departamento se ejecute. Las medidas son autorizaciones al Poder Ejecutivo, no mandatos de aplicación automática.

Objetivo

Aliviar la situación económica de las actividades productivas y de servicios del Departamento General San Martín durante un período de emergencia.

Problema que resuelve

Ante una situación de emergencia local, los contribuyentes y deudores de la zona quedaban expuestos al vencimiento de obligaciones impositivas, previsionales y bancarias y a las sanciones por rechazo de cheques, en un contexto donde no podían cumplirlas.

A quiénes alcanza

actividades industriales, comerciales, agropecuarias, mineras y de servicios del departamentodeudores de la banca oficialcontribuyentes y responsables previsionaleslibradores de cheques rechazadosprovincia de Salta
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo nacional, a través del organismo que corresponda, debe garantizar la ejecución de la obra pública prevista para el Departamento General San Martín.

Derechos que reconoce

  • Los sujetos alcanzados por la emergencia pueden acceder al diferimiento inmediato de sus obligaciones tributarias y previsionales, vencidas y a vencer, en los términos que disponga el Poder Ejecutivo.
  • Los damnificados pueden solicitar a la banca oficial la renegociación de los créditos que se les hubieran otorgado.
  • Los damnificados pueden quedar al margen de las sanciones por cheques rechazados de las Leyes 24.452 y 25.730, según las medidas que instrumente el Banco Central.

Casos de uso

  • Un comercio del departamento que solicita diferir el pago de sus obligaciones impositivas durante la emergencia
  • Un productor que pide a un banco oficial la renegociación de su crédito
  • Un titular de cuenta con cheques rechazados que consulta si le corresponden las medidas del Banco Central
  • Un municipio que reclama la continuidad de una obra pública prevista para la zona

Preguntas frecuentes

El Departamento General San Martín de la provincia de Salta, y sus efectos alcanzan a las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, mineras y de servicios de ese departamento.