Resumen ejecutivo
El voluntariado siempre existió en la Argentina, pero sin marco legal: no estaba claro si un voluntario podía después reclamar una relación laboral, ni qué debía la organización que lo recibía. La Ley 25.855 (Voluntariado Social) pone reglas: el voluntario es una persona física que trabaja gratis y por decisión propia en una organización sin fines de lucro; su tarea se presume ajena a la relación laboral y no puede usarse para reemplazar empleo remunerado. A cambio, tiene derechos (información, capacitación, registro, identificación, reembolso de gastos) y obligaciones (diligencia, confidencialidad, no cobrar a los beneficiarios). Antes de arrancar hay que firmar un Acuerdo Básico Común por escrito. El Poder Ejecutivo observó dos incisos del artículo 6 (certificado de actividades y seguro obligatorio) al promulgarla por Decreto 17/2004, y recién la reglamentó en 2010 por Decreto 750/2010.Objetivo
Promover el voluntariado social y dar un marco legal claro a la relación entre los voluntarios y las organizaciones sin fines de lucro donde prestan servicios.Problema que resuelve
La falta de regulación generaba dos riesgos opuestos: organizaciones que usaban voluntarios para tapar puestos de trabajo que deberían ser pagos, y voluntarios sin ningún derecho reconocido ni constancia de lo que hicieron.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes