Artículo 2Plazo de un año para adecuar los vehículos
Texto oficial
Agréguese a continuación del último párrafo del artículo 55 el siguiente texto:
Los transportistas escolares, tendrán que adecuar sus vehículos en consecuencia con las disposiciones de la presente ley en un plazo no mayor de un (1) año, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Agrega un párrafo transitorio al artículo 55: los transportistas escolares tuvieron hasta un año, contado desde la entrada en vigencia de la ley, para adaptar sus unidades al nuevo requisito. Vencido ese plazo, la exigencia rige plenamente.
Ejemplo práctico
Un transportista que en enero de 2004 tenía una flota de tres micros sin cinturones inerciales debía tenerlos instalados antes de enero de 2005. Pasado ese plazo ya no podía invocar la transición: la exigencia le resultaba directamente aplicable.