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Ley 25.864

VigenteNacional

Ciclo Lectivo Anual Mínimo de 180 Días de Clase

Sanción:4 de diciembre de 2003Promulgación:8 de enero de 2004BO:9 de enero de 2004Ver fuente oficial
7artículos
ciclo lectivo180 díaseducacióncalendario escolar
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de los 180 Días de Clase garantiza un piso de 180 días de clase por año en todo el país. Si por paros u otras causas no se cumplen, las provincias deben recuperar los días perdidos. Es la base del reclamo por el calendario escolar mínimo.

Objetivo

Garantizar un mínimo de 180 días efectivos de clase por ciclo lectivo en todo el país.

Problema que resuelve

La cantidad de días de clase variaba entre jurisdicciones y se veía afectada por conflictos, en perjuicio del derecho a aprender.

A quiénes alcanza

AlumnosDocentesProvinciasEscuelas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las jurisdicciones deben garantizar un mínimo de 180 días de clase y compensar los días perdidos.

Derechos que reconoce

  • Los alumnos tienen derecho a un ciclo lectivo de al menos 180 días efectivos de clase.

Casos de uso

  • Una provincia programa la recuperación de días de clase perdidos por paros para cumplir los 180 días.

Preguntas frecuentes

Un mínimo de 180 días efectivos de clase por ciclo lectivo. Si no se cumplen, las provincias y la Ciudad deben adoptar medidas para compensar los días perdidos.