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Ley 25.881

VigenteNacional

Intervención federal a la provincia de Santiago del Estero

Sanción:1 de abril de 2004Promulgación:1 de abril de 2004BO:2 de abril de 2004Ver fuente oficial
1 reforma — ver historial
2004Texto original
2004Decreto 1248/2004vigente

Por el artículo 1 del Decreto 1248/2004 (B.O. 27/9/2004) se prorrogó, desde su vencimiento, la intervención federal de la provincia de Santiago del Estero por un plazo de ciento ochenta días, en ejercicio de la facultad que el artículo 4 de esta ley confiere al Poder Ejecutivo nacional.

6artículos
1modif.
intervención federalforma republicana de gobiernocrisis institucionalSantiago del Estero
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la ley que puso fin al régimen de casi cinco décadas de los Juárez en Santiago del Estero. Tras el hallazgo de los cuerpos en el caso conocido como el doble crimen de La Dársena y la crisis institucional que siguió, el Congreso votó en un solo día la de los tres poderes provinciales, invocando la garantía del Art. 6 — Constitución Nacional. La ley caduca los mandatos del Poder Ejecutivo y de la Legislatura, pone en comisión a los jueces, deja en manos del Presidente la designación del Interventor Federal y fija 180 días prorrogables por otros 180, con el expreso de convocar a elecciones. La prórroga se usó: el Decreto 1248/2004 la extendió, y la provincia normalizó sus poderes con las elecciones de 2005.

Objetivo

Restablecer la forma republicana de gobierno en Santiago del Estero mediante la de sus poderes constituidos y la convocatoria a elecciones.

Problema que resuelve

La crisis institucional santiagueña, con un poder judicial y una legislatura cuestionados por su falta de independencia respecto del poder político provincial, había vuelto inviable el funcionamiento republicano de la provincia.

A quiénes alcanza

Provincia de Santiago del EsteroPoder Ejecutivo NacionalInterventor FederalAutoridades provinciales cesantesElectorado santiagueño
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo nacional debe designar al Interventor Federal.
  • El Interventor debe convocar a elecciones para asegurar la normalización y el pleno funcionamiento de los poderes provinciales.
  • La intervención debe cumplirse dentro del plazo de 180 días, prorrogable por el Poder Ejecutivo por un período igual.
  • Los gastos se imputan a las partidas del Presupuesto de la Administración Nacional del ejercicio 2004.

Derechos que reconoce

  • Los ciudadanos santiagueños conservan el derecho a elegir nuevas autoridades: la intervención es transitoria y debe culminar en elecciones.
  • La garantía federal del artículo 6 protege a los habitantes de la provincia en el goce de la forma republicana de gobierno.

Casos de uso

  • Estudiar un caso concreto de decidida por ley del Congreso.
  • Analizar los efectos de una intervención sobre los mandatos electivos y sobre la estabilidad de los jueces provinciales.
  • Reconstruir la cronología institucional de Santiago del Estero entre 2004 y 2005.

Preguntas frecuentes

Es la facultad que el artículo 6 de la Constitución le da al Estado nacional para intervenir en el territorio de una provincia y garantizar la forma republicana de gobierno o repeler invasiones exteriores. La declara el Congreso; el Ejecutivo la ejecuta designando un Interventor Federal.