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Ley 25.888

VigenteNacional

Medida 1 (2003) de la XXVI Reunión Consultiva del Tratado Antártico: Secretaría del Tratado Antártico y Acuerdo de Sede

Sanción:21 de abril de 2004Promulgación:14 de mayo de 2004BO:17 de mayo de 2004Ver fuente oficial
2artículos
AntártidaTratado Antárticoorganismos internacionalesacuerdo de sederelaciones internacionales
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Medida 1 (2003) crea la Secretaría del Tratado Antártico como órgano permanente del sistema antártico, con sede en la ciudad de Buenos Aires, y define sus funciones de apoyo a la Reunión Consultiva del Tratado Antártico y al Comité para la Protección del Medio Ambiente. El Anexo es el Acuerdo de Sede entre la República Argentina y la Reunión Consultiva: regula el estatuto jurídico de la Secretaría en el país anfitrión. Establece la inviolabilidad de la sede y de los archivos, la inmunidad de y de ejecución, el derecho a exhibir la bandera y el emblema del Tratado, la exención de impuestos directos, de derechos aduaneros y de consumo y del impuesto al valor agregado sobre los bienes destinados a sus actividades oficiales, la exención de restricciones a la importación y exportación, la libertad de comunicaciones y de movimiento de fondos, y los privilegios e inmunidades de los delegados de los Estados, del Secretario Ejecutivo, de los miembros del personal y de los expertos, junto con el régimen de visas, la de cooperación de la Secretaría con las autoridades argentinas, las consultas, la enmienda, la solución de controversias y la entrada en vigor.

Objetivo

Dar aprobación legislativa a la creación de la Secretaría del Tratado Antártico y al acuerdo que fija su estatuto jurídico como organismo internacional con sede en la Argentina.

Problema que resuelve

El Sistema del Tratado Antártico funcionó durante décadas sin una secretaría permanente: cada Reunión Consultiva recaía sobre el país anfitrión, con pérdida de continuidad documental e institucional. La creación de la Secretaría resuelve ese vacío, y el Acuerdo de Sede define las condiciones jurídicas de su funcionamiento en el país que la aloja.

A quiénes alcanza

Estado argentino como país sedeSecretaría del Tratado Antártico y su personalDelegados de los Estados Parte del Tratado AntárticoOrganismos nacionales con competencia antártica
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Argentina, como Estado sede, debe garantizar la inviolabilidad de la sede y de los archivos de la Secretaría
  • Debe otorgar las exenciones de impuestos directos, derechos aduaneros y de consumo e impuesto al valor agregado previstas en el Acuerdo de Sede para las actividades oficiales
  • Debe facilitar el otorgamiento de visas a las personas que tengan asuntos oficiales con la Secretaría
  • La Secretaría debe cooperar plenamente y en todo momento con las autoridades argentinas competentes
  • Los nombramientos del personal deben notificarse y documentarse conforme al procedimiento del Acuerdo

Derechos que reconoce

  • La Secretaría tiene derecho a exhibir la bandera y el emblema del Tratado Antártico en su sede
  • Goza de inmunidad de y de ejecución, sujeta a lo estipulado en el Tratado, el Protocolo y el Acuerdo de Sede, con posibilidad de renuncia expresa
  • Está exenta de toda restricción monetaria y cambiaria en el manejo de sus fondos
  • Los delegados de los Estados, el Secretario Ejecutivo, los miembros del personal y los expertos gozan de los privilegios e inmunidades necesarios para el ejercicio independiente de sus funciones
  • Las Partes pueden enmendar el Acuerdo de Sede por acuerdo escrito y darlo por terminado con escrita, que surte efecto a los dos años

Casos de uso

  • La Secretaría importa equipamiento para sus actividades oficiales y solicita la exención de derechos aduaneros prevista en el Acuerdo de Sede
  • Un experto extranjero convocado por la Secretaría tramita su visa para trabajar en Buenos Aires
  • Un organismo argentino consulta el alcance de la inmunidad de la Secretaría ante un requerimiento administrativo
  • Una controversia sobre la interpretación del Acuerdo de Sede se somete a consulta, negociación o obligatorio

Preguntas frecuentes

La Secretaría del Tratado Antártico, órgano permanente del Sistema del Tratado Antártico encargado de asistir a la Reunión Consultiva del Tratado Antártico y al Comité para la Protección del Medio Ambiente. Su sede está en la ciudad de Buenos Aires.