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Ley 25.904

VigenteNacional

Aprobación del Convenio de Cooperación Regional para la creación y funcionamiento del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL)

Sanción:16 de junio de 2004Promulgación:12 de julio de 2004BO:14 de julio de 2004Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El CREFAL nació en 1950 como Centro Regional de Educación Fundamental para América Latina, creado por un acuerdo entre la UNESCO y México, y desde entonces funciona en Pátzcuaro, Michoacán. Durante décadas formó especialistas y maestros en alfabetización y educación de adultos, investigó y asesoró a los ministerios de educación de la región. El convenio que aprueba esta ley, adoptado en la Ciudad de México el 19 de octubre de 1990, sustituye los acuerdos anteriores: transforma al centro en un organismo de cooperación regional con Consejo de Administración integrado por los Estados miembros —entre ellos los países del Grupo de Río, con Argentina— y ajusta sus objetivos a la educación para adultos entendida en sentido amplio: alfabetización, educación básica, educación para el trabajo y formación para la vida familiar, social y civil. Sus 32 artículos regulan la naturaleza jurídica del centro, sus órganos, el financiamiento por aportes de los Estados miembros, el régimen del personal y los privilegios e inmunidades propios de un organismo internacional. La ley argentina tiene dos artículos: aprueba el convenio y comunica al Ejecutivo. Fue sancionada el 16 de junio de 2004 y promulgada de hecho el 12 de julio de 2004, sin decreto del Poder Ejecutivo.

Objetivo

Incorporar a la Argentina como Estado miembro del CREFAL y respaldar la cooperación regional en materia de educación de adultos y alfabetización.

Problema que resuelve

La educación de adultos y la alfabetización presentan problemas comunes en toda América Latina y el Caribe que ningún país resuelve aisladamente; el CREFAL carecía además de un marco jurídico regional que incorporara formalmente a los Estados de la región a su conducción.

A quiénes alcanza

Ministerio de Educacióndocentes y especialistas en educación de adultosorganismos de alfabetizacióninvestigadores en educación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino, como Estado miembro del CREFAL, asume las obligaciones del convenio: participar en su Consejo de Administración y contribuir a su financiamiento en los términos allí previstos.

Derechos que reconoce

  • El sistema educativo argentino accede a los programas de formación, investigación y asistencia técnica del CREFAL en materia de educación de adultos y alfabetización.

Casos de uso

  • Un funcionario del área de educación de adultos consulta el marco legal de la participación argentina en el CREFAL.
  • Un investigador rastrea los instrumentos internacionales de cooperación educativa ratificados por la Argentina.

Preguntas frecuentes

El Convenio de Cooperación Regional para la Creación y Funcionamiento del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL), adoptado en la Ciudad de México el 19 de octubre de 1990, que consta de treinta y dos artículos.