Resumen ejecutivo
La Constitución Nacional exige que el Congreso autorice la salida de fuerzas nacionales fuera del territorio del país. Cuando el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas creó, por la Resolución 1542 de abril de 2004, la Misión de Estabilización en Haití (MINUSTAH) para acompañar la salida de la crisis institucional haitiana, la Argentina decidió participar y el Congreso dio la autorización mediante esta ley. El Anexo I, que forma parte integrante de la norma, contiene la información completa de la operación: el objeto y los fundamentos políticos, estratégicos y operativos de la misión; el despliegue argentino, con unos 450 efectivos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, incluidos una compañía reforzada de hasta 300 hombres, una compañía de Infantería de Marina de hasta 150 y un hospital reubicable de nivel II/III; el equipamiento, con un buque de transporte, dos helicópteros y una planta potabilizadora de agua; el régimen de inmunidades, remitido al acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas entre las Naciones Unidas y Haití y, en su defecto, al modelo de 1990, que somete al personal militar a la penal exclusiva de su Estado nacional; y el financiamiento, con cargo al Ministerio de Defensa, programa Fuerzas de Paz, y reintegros de las Naciones Unidas. La participación argentina en la MINUSTAH se extendió por más de una década.Objetivo
Autorizar la salida de medios y personal militar argentino para integrar la operación de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en Haití.Problema que resuelve
La Constitución impide que fuerzas nacionales salgan del territorio sin autorización del Congreso, de modo que la participación argentina en una misión de paz requería una ley que la habilitara con el detalle de efectivos, medios, plazos e inmunidades.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes