Resumen ejecutivo
Los programas de radio y televisión que hablan de salud —dietas, tratamientos, medicamentos, cirugías— tienen una audiencia que decide sobre su propio cuerpo a partir de lo que escucha. La ley responde a un problema concreto: la aparición en los medios de personas presentadas como "especialistas" sin que el público pudiera saber si estaban habilitadas para ejercer. La solución es mínima pero verificable: cada vez que se expone un tema de salud, el medio debe decir o mostrar el nombre, apellido y número de matrícula del profesional convocado, de modo que cualquiera pueda cotejarlo con el registro del colegio o la autoridad sanitaria. El incumplimiento se sanciona con el régimen de la Ley de Radiodifusión y el control quedó en cabeza del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER).Objetivo
Que la audiencia pueda identificar y verificar la habilitación profesional de quien opina sobre salud en radio y televisión.Problema que resuelve
Personas sin matrícula o sin la especialidad que decían tener aparecían en los medios dando indicaciones sanitarias, sin que el público contara con un dato mínimo para chequear su idoneidad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes