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Ley 25.929

VigenteNacional

Derechos de Padres e Hijos durante el Proceso de Nacimiento — Parto Respetado

Sanción:25 de agosto de 2004Promulgación:17 de septiembre de 2004BO:21 de septiembre de 2004Ver fuente oficial
8artículos
Parto respetadoSalud materno-infantilDerechos del pacienteEmbarazo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Parto Respetado (2004), de parto respetado o humanizado, se aplica al ámbito público y privado e incorpora sus prestaciones al Programa Médico Obligatorio. Reconoce los derechos de la mujer durante el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto (información, trato respetuoso e íntimo, parto natural sin intervenciones injustificadas, acompañamiento por persona de confianza, contacto con su hijo, apoyo a la lactancia), los derechos de la persona recién nacida (trato digno, identificación, internación conjunta) y los de los padres ante un recién nacido en riesgo. La es el Ministerio de Salud y el incumplimiento es falta grave.

Objetivo

Garantizar un trato respetuoso, informado y no medicalizado innecesariamente durante el nacimiento, con la madre como protagonista.

Problema que resuelve

Las prácticas invasivas, la falta de información y el trato impersonal en los partos (lo que hoy se llama violencia obstétrica) vulneraban derechos; la ley los reconoce expresamente y los hace exigibles.

A quiénes alcanza

Mujeres embarazadasPersonas recién nacidasPadres y madresSistema de salud (público, obras sociales y prepagas)Profesionales de la salud
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El sistema de salud público y privado debe brindar las prestaciones del parto respetado (incorporadas al Programa Médico Obligatorio)
  • Tratar a la mujer con respeto, en y como persona sana, protagonista de su parto
  • Evitar prácticas invasivas y medicación que no estén justificadas por el estado de salud
  • Permitir el acompañamiento de una persona de confianza durante el trabajo de parto, parto y postparto

Derechos que reconoce

  • A un trato respetuoso, informado y a elegir entre las alternativas médicas
  • A estar acompañada por una persona de su elección
  • A tener al bebé a su lado y a recibir apoyo para amamantar
  • El recién nacido a un trato digno, identificación e internación conjunta con su madre

Casos de uso

  • Una mujer ingresa a la sala de parto acompañada por su pareja
  • Una persona reclama por una práctica invasiva no justificada (violencia obstétrica)

Preguntas frecuentes

Sí: es un derecho. La mujer puede estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, el parto y el postparto (art. 2).