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Ley 25.931

VigenteNacional

Oberá, sede nacional permanente de la Fiesta Nacional del Inmigrante

Sanción:25 de agosto de 2004Promulgación:20 de septiembre de 2004BO:22 de septiembre de 2004Ver fuente oficial
2artículos
fiestas nacionalesinmigraciónidentidad culturalMisiones
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Fiesta Nacional del Inmigrante se celebra en Oberá, en el corazón de Misiones, una ciudad fundada y poblada por colonos llegados de decenas de países —suecos, alemanes, polacos, ucranianos, japoneses, árabes, brasileños, paraguayos— cuyas colectividades levantaron allí un parque con casas típicas. La ley reconoció esa realidad y fijó por norma nacional que Oberá es la sede permanente de la fiesta, de modo que la celebración deje de depender de una decisión administrativa anual. Es una ley simbólica: no crea obligaciones ni derechos exigibles, pero da estabilidad institucional a la celebración y a la ciudad que la organiza. Fue promulgada de hecho el 20 de septiembre de 2004.

Objetivo

Reconocer por ley a la ciudad de Oberá como sede permanente de la Fiesta Nacional del Inmigrante.

Problema que resuelve

La condición de sede de una fiesta nacional dependía de decisiones administrativas revisables año a año, lo que restaba previsibilidad a la organización y a la identidad cultural asociada a la celebración.

A quiénes alcanza

municipio de Oberácolectividades de inmigrantesprovincia de Misionesorganismos nacionales de turismo y cultura
Análisis jurídico

Casos de uso

  • El municipio de Oberá, que invoca la ley para acreditar su condición de sede nacional permanente ante organismos de turismo y cultura.
  • Una colectividad de inmigrantes que organiza su participación anual en la fiesta.
  • Un investigador o periodista que necesita la norma que fija la sede de la Fiesta Nacional del Inmigrante.

Preguntas frecuentes

Que la ciudad de Oberá, provincia de Misiones, es la sede nacional permanente de la Fiesta Nacional del Inmigrante.