Resumen ejecutivo
La Ley 20.983, de 1975, ya obligaba a los medios estatales a difundir contenidos turísticos, pero con una redacción que había quedado desactualizada tanto en la carga horaria como en el organismo responsable. La Ley 25.944 (espacios de turismo en los medios estatales) reescribe ese artículo 1 y fija una concreta y medible: los medios de radio y televisión que dependen de la Secretaría de Medios de Comunicación deben destinar un mínimo de sesenta minutos diarios —seguidos o repartidos a lo largo del día— a temas de interés turístico nacional. La idea de fondo es usar los medios públicos como herramienta de promoción del turismo interno, en un momento en que la devaluación de 2002 había vuelto competitivos los destinos argentinos. Dos meses después, la Ley Nacional de Turismo dio al turismo su marco general como actividad socioeconómica de interés nacional.Objetivo
Garantizar una carga horaria mínima diaria de contenidos turísticos en los medios de radio y televisión del Estado nacional.Problema que resuelve
La redacción original de la Ley 20.983 había quedado desactualizada y no fijaba un piso claro de tiempo de aire para la difusión del turismo nacional en los medios públicos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes