Resumen ejecutivo
El Tribunal Fiscal de la Nación es el organismo administrativo donde un contribuyente puede discutir una determinación de impuestos o una multa aduanera sin pagar primero, algo que en sede judicial no podría hacer. Litigar allí tiene un costo: la tasa por actuaciones. La Ley 25.964 (tasa del Tribunal Fiscal de la Nación) reemplaza el viejo régimen de la Ley 22.610 y ordena todo el sistema en quince artículos. Fija la alícuota en 2,50% del monto cuestionado, la hace pagadera al inicio por el recurrente y aclara que la falta de pago no frena el juicio —se cobra por certificado de deuda, con intereses—. Prevé una reducción al tercio cuando el pleito termina temprano (excepciones previas que le ponen fin, o desistimiento antes de que el fisco conteste), integra la tasa a las costas para que la pague en definitiva quien pierde, y exime a quienes litigan con , con una reducción de hasta el 50% para los concursados. La recaudación queda a cargo de la AFIP e ingresa a la Tesorería General de la Nación.Objetivo
Establecer un régimen completo y actualizado de la tasa por actuaciones ante el Tribunal Fiscal de la Nación, con alícuota, forma de pago, exenciones, reducciones y procedimiento de cobro.Problema que resuelve
La tasa del Tribunal Fiscal se regía por la Ley 22.610 de 1982, un régimen desactualizado que no resolvía con claridad la oportunidad de pago, la integración a las costas ni el procedimiento frente al incumplimiento.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes