Resumen ejecutivo
Ley de tres artículos que reasigna un inmueble fiscal en desuso. El edificio de la Av. Libertador General San Martín Nº 371 de Villa Giardino había pertenecido a ENCOTEL, la empresa estatal de correos disuelta en los años noventa; tras la privatización del servicio postal, esos inmuebles quedaron en cabeza del Estado nacional sin destino. La ley se lo entrega sin cargo a la Municipalidad de Villa Giardino con dos destinos concretos: el Honorable Concejo Deliberante y la Biblioteca Municipal. El inmueble se identifica por su nomenclatura catastral (Circunscripción 15, Sección 03, Manzana 05, Parcela 15), su (Nº de Orden 24913, folios 35947 y 35948) y su cuenta de la Dirección General de Rentas. Los gastos del traspaso los paga el municipio.Objetivo
Dar destino público municipal a un edificio del ex correo estatal que había quedado ocioso en Villa Giardino.Problema que resuelve
La disolución de ENCOTEL dejó edificios del Estado nacional sin uso en cientos de localidades del interior, mientras municipios chicos como Villa Giardino carecían de sede propia para su Concejo Deliberante y su biblioteca. El Estado nacional no puede donar un inmueble de su privado sin autorización del Congreso.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes