Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de dos artículos que incorpora al derecho argentino el Tratado con Chile sobre traslado de nacionales condenados y cumplimiento de sentencias penales, firmado en Santiago el 29 de octubre de 2002. El tratado —de 16 artículos, que se agregan como anexo de la ley— habilita a que un argentino condenado en Chile, o un chileno condenado en Argentina, sea trasladado a su país de nacionalidad para cumplir allí el resto de la condena, sobre la base del consentimiento de la persona y del acuerdo de ambos Estados. Su fundamento es la reinserción social: cumplir la pena cerca de la familia y en el propio medio cultural. El artículo 1° aprueba el tratado y el artículo 2° es la cláusula de forma.Objetivo
Aprobar el tratado bilateral con Chile que permite trasladar a las personas condenadas al país de su nacionalidad para cumplir su condena, facilitando su reinserción social.Problema que resuelve
Sin un tratado específico, un nacional de un país condenado en el otro debía cumplir toda su pena en el Estado sentenciante, lejos de su familia, su idioma y su entorno, lo que dificultaba su reinserción social. El traslado internacional de condenados requiere una base convencional que fije las condiciones y el procedimiento.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes