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Ley 26.016

VigenteNacional

Autorización al Presidente de la Nación para ausentarse del país durante 2005

Sanción:3 de febrero de 2005Promulgación:10 de febrero de 2005BO:11 de febrero de 2005Ver fuente oficial
2artículos
autorización presidencialviajes al exteriorrelaciones entre poderes
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución (artículo 99 inciso 18) exige que el Presidente cuente con permiso del Congreso para ausentarse del territorio nacional. Esta ley otorga esa autorización de forma general y anticipada para todo el año 2005, cuando razones de gobierno lo requieran, de modo que el Poder Ejecutivo no deba pedir permiso viaje por viaje. Su objeto se agotó al terminar 2005, pero la ley nunca fue derogada.

Objetivo

Autorizar por adelantado las salidas del país del Presidente durante 2005.

Problema que resuelve

Evita que el Congreso deba autorizar individualmente cada viaje presidencial al exterior a lo largo del año.

A quiénes alcanza

Presidente de la NaciónPoder EjecutivoCongreso de la Nación
Análisis jurídico

Derechos que reconoce

  • El Presidente de la Nación queda autorizado a ausentarse del territorio nacional durante todo el año 2005 sin necesidad de pedir al Congreso un permiso puntual para cada viaje (artículo 1).

Casos de uso

  • Verificar con qué autorización viajó el Presidente al exterior en 2005.
  • Estudiar la práctica de las autorizaciones anuales anticipadas frente al texto del artículo 99 inciso 18 de la Constitución Nacional.

Preguntas frecuentes

Porque el artículo 99 inciso 18 de la Constitución Nacional dispone que puede ausentarse del territorio de la Nación con permiso del Congreso. En el receso del Congreso solo puede hacerlo sin licencia por razones justificadas de .