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Ley 26.019

VigenteNacional

Continuidad del abastecimiento de gas propano indiluido por redes y sustitución por gas natural

Sanción:2 de marzo de 2005Promulgación:22 de marzo de 2005BO:28 de marzo de 2005Ver fuente oficial
1 reforma — ver historial
2005Texto original
2009Ley 26.546vigente

El artículo 70 de la Ley 26.546 (Presupuesto 2010) prorrogó por nueve años más el plazo de diez años dispuesto por la Ley 26.019.

3artículos
1modif.
gas propano indiluidoredes de distribucióngas naturalsustitución de fuentesubsidio al GLPENARGAS
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley que le da respaldo legislativo a un subsidio y a un plan de sustitución energética. Muchos usuarios de localidades sin red de gas natural se abastecían de gas propano indiluido por redes, más caro; un acuerdo de 2003 (Decreto 934/2003, renovado por la Resolución 419/2003) había fijado un precio subsidiado de 300 pesos por tonelada para el propano de esas redes. Esta ley autoriza a sostener ese esquema por diez años y, además, faculta a la Secretaría de Energía a promover ante el ENARGAS obras para llevar gas natural a esos usuarios de primer y segundo escalón (R y P). El costo de esas obras se paga con la diferencia entre el precio de mercado del GLP y el precio subsidiado de 300 pesos por tonelada, dentro de la programación financiera de los fondos fiduciarios del Decreto 180/2004. El plazo original de diez años fue prorrogado por nueve años más por el Art. 70 — Ley 26.546 (Presupuesto 2010).

Objetivo

Sostener el precio subsidiado del gas propano por redes y financiar la conversión de esos usuarios al gas natural.

Problema que resuelve

Los usuarios de gas propano indiluido por redes pagaban una fuente más cara que el gas natural; sin respaldo legal para mantener el subsidio y para financiar las obras de conversión, esos hogares quedaban en desventaja frente a los conectados a la red de gas natural.

A quiénes alcanza

usuarios de gas propano por redesusuarios residenciales de primer y segundo escalónSecretaría de EnergíaENARGASdistribuidoras de gas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Secretaría de Energía queda facultada para promover ante el ENARGAS la autorización de obras de suministro de gas natural a los usuarios abastecidos con gas propano indiluido por redes.
  • El mecanismo de promoción de obras de suministro de gas natural resulta aplicable a todos los usuarios R y P (primer y segundo escalón) abastecidos por redes.

Derechos que reconoce

  • Los usuarios de gas propano indiluido por redes conservan por diez años el precio subsidiado del acuerdo (300 pesos por tonelada).
  • Los usuarios residenciales de primer y segundo escalón pueden acceder a obras de conversión a gas natural promovidas por la Secretaría de Energía.

Casos de uso

  • Entender por qué el gas propano por redes tiene un precio subsidiado.
  • Verificar el marco legal de una obra de conversión de propano a gas natural en una localidad.
  • Reconstruir el financiamiento de la sustitución del GLP por gas natural.

Preguntas frecuentes

A mantener por diez años el acuerdo de abastecimiento de gas propano indiluido por redes (con precio subsidiado de 300 pesos por tonelada) y a promover obras para reemplazar ese propano por gas natural en los usuarios residenciales de primer y segundo escalón.