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Ley 26.020

Parcialmente vigenteNacional

Régimen regulatorio de la industria y comercialización del gas licuado de petróleo (GLP)

Sanción:9 de marzo de 2005Promulgación:7 de abril de 2005BO:8 de abril de 2005Ver fuente oficial
53artículos
gas licuado de petróleoGLPgarrafasfraccionamientoenvasesprecio de referenciaFondo FiduciarioSecretaría de Energía
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley marco del GLP, el gas que llega en garrafa a millones de hogares sin red de gas natural. Ordena toda la cadena (producción, fraccionamiento, transporte, distribución, almacenaje, comercialización e importación/exportación) bajo la Secretaría de Energía como , con libre ingreso a la actividad e interés público declarado. Sus reglas más sensibles para el son la prohibición de venderle el envase (la garrafa se entrega, no se vende, y su mantenimiento, prueba, destrucción y reposición son responsabilidad del fraccionador), la de toda la cadena de recibir envases de cualquier marca, el seguro obligatorio de de los fraccionadores, el registro de envases, el régimen de acceso abierto al almacenaje y la facultad de la autoridad de fijar precios de referencia del GLP envasado de uso doméstico. Crea además un Fondo Fiduciario para subsidiar el consumo residencial de GLP de sectores de bajos recursos (la "garrafa social") y para expandir redes de gas natural, y baja el IVA del GLP al 10,5%. Fue promulgada parcialmente por el Decreto 297/2005, que observó expresiones de los artículos 5, 12, 13, 14, 18 y 50, el segundo párrafo del artículo 21 y el inciso c) del artículo 37.

Objetivo

Ordenar y dar seguridad, y precio razonable a la industria del GLP, protegiendo al de garrafa y garantizando el abastecimiento del mercado interno.

Problema que resuelve

La comercialización del GLP no tenía marco legal propio tras la privatización de Gas del Estado: había conflictos por la propiedad y el llenado de las garrafas, problemas de seguridad, precios distorsionados y falta de un mecanismo de subsidio para los hogares de bajos recursos que dependen de la garrafa.

A quiénes alcanza

consumidores de GLP en garrafausuarios de bajos recursosfraccionadores de GLPdistribuidores y comercializadores de GLPproductores de GLPSecretaría de Energíagrandes consumidores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los fraccionadores deben contar con autorización de la , inscribirse en el registro de envases y llevar el registro de sus envases.
  • El fraccionador es responsable del envasado, del mantenimiento, acondicionamiento, prueba, destrucción y reposición de los envases, y del cumplimiento de las normas de seguridad y calidad.
  • Queda prohibida la venta de envases (garrafas) al usuario: el accede al envase sin comprarlo.
  • Los fraccionadores, distribuidores y demás integrantes de la cadena están obligados a recibir de los consumidores los envases de su marca, leyenda o de terceros.
  • Cada fraccionador debe contratar un seguro de con cobertura integral por los daños causados a terceros.
  • Los distribuidores y comercializadores deben inscribirse en el registro correspondiente.
  • Quienes almacenan GLP para terceros quedan sujetos al régimen de acceso abierto a la de almacenaje.

Derechos que reconoce

  • El tiene derecho a acceder a la garrafa sin comprarla y a recibir un envase en condiciones de seguridad.
  • El puede entregar un envase de cualquier marca o leyenda y que la cadena se lo reciba o cambie.
  • Los usuarios cuentan con un precio de referencia del GLP envasado para uso doméstico fijado por la .
  • Los hogares de bajos recursos pueden acceder al subsidio del consumo residencial de GLP a través del Fondo Fiduciario (garrafa social).
  • Los usuarios cuentan con centros de atención de reclamos con participación de los organismos de defensa del .

Casos de uso

  • Saber por qué no se puede comprar la garrafa y quién responde por su seguridad.
  • Verificar el precio de referencia del GLP envasado de uso doméstico.
  • Entender el subsidio de la garrafa social para hogares de bajos recursos.
  • Fundar un reclamo de seguridad o de precio ante la o defensa del .

Preguntas frecuentes

No. La ley prohíbe la venta de los envases al usuario: la garrafa se entrega, no se vende. El mantenimiento, la prueba, la destrucción y la reposición del envase son responsabilidad del fraccionador.