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Ley 26.033

VigenteNacional

Modificación de la Ley 24.204 sobre teléfonos públicos adaptados para personas con hipoacusia o impedimento del habla

Sanción:18 de mayo de 2005Promulgación:16 de junio de 2005BO:17 de junio de 2005Ver fuente oficial
2artículos
telecomunicacionesaccesibilidaddiscapacidadteléfonos públicoshipoacusia
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos que actualiza el mecanismo de la Ley 24.204 para la instalación de teléfonos públicos accesibles. El nuevo texto del artículo 2° pone en cabeza de la Secretaría de Comunicaciones (dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal) la coordinación con las empresas y crea una de informe anual para garantizar una distribución equitativa de los aparatos.

Objetivo

Asegurar que las personas con hipoacusia o impedimento del habla cuenten con teléfonos públicos adaptados, distribuidos de forma equitativa en número y ubicación, mediante coordinación entre las empresas y el Estado y un control anual.

Problema que resuelve

La versión original de la Ley 24.204 no precisaba con claridad quién define las características y la distribución de los aparatos ni cómo se controla su cumplimiento, lo que dificultaba garantizar una cobertura equitativa para las personas con discapacidad auditiva o del habla.

A quiénes alcanza

personas con hipoacusiapersonas con impedimento del hablaempresas telefónicasSecretaría de Comunicaciones
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las empresas telefónicas y la Secretaría de Comunicaciones deben acordar las características técnicas, el número, la distribución y la ubicación de los teléfonos públicos adaptados en un plazo no mayor de 180 días de promulgada la ley.
  • Las empresas telefónicas deben remitir anualmente a la Secretaría de Comunicaciones un registro de la cantidad de aparatos instalados y su ubicación.

Derechos que reconoce

  • Las personas con hipoacusia o impedimento del habla tienen derecho a contar con teléfonos públicos adaptados, distribuidos en forma equitativa en número y lugar.

Casos de uso

  • Una persona con hipoacusia necesita un teléfono público adaptado en su zona y quiere saber qué tienen las empresas.
  • Una organización de personas con discapacidad reclama por la falta de aparatos adaptados en un municipio.

Preguntas frecuentes

Reescribe el Art. 2 — Ley 24.204: define que las características, el número y la ubicación de los teléfonos públicos adaptados se acuerdan entre las empresas y la Secretaría de Comunicaciones, y agrega la de informar anualmente los aparatos instalados.