Resumen ejecutivo
Ley de dos artículos que actualiza el mecanismo de la Ley 24.204 para la instalación de teléfonos públicos accesibles. El nuevo texto del artículo 2° pone en cabeza de la Secretaría de Comunicaciones (dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal) la coordinación con las empresas y crea una de informe anual para garantizar una distribución equitativa de los aparatos.Objetivo
Asegurar que las personas con hipoacusia o impedimento del habla cuenten con teléfonos públicos adaptados, distribuidos de forma equitativa en número y ubicación, mediante coordinación entre las empresas y el Estado y un control anual.Problema que resuelve
La versión original de la Ley 24.204 no precisaba con claridad quién define las características y la distribución de los aparatos ni cómo se controla su cumplimiento, lo que dificultaba garantizar una cobertura equitativa para las personas con discapacidad auditiva o del habla.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes