Resumen ejecutivo
Ley modificatoria de un solo artículo operativo. Reforma el Art. 3 — Ley 17.321 (régimen de los museos nacionales) para que sea la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos —a propuesta de los directores de museos y con revisión anual— la que determine el monto y la oportunidad de aplicación del régimen previsto en el art. 2 de esa ley.Objetivo
Actualizar el mecanismo de fijación del régimen de la Ley 17.321, dándole a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos la facultad de determinarlo a propuesta de los directores de museos y revisarlo cada año.Problema que resuelve
La redacción anterior del Art. 3 — Ley 17.321 había quedado desactualizada para fijar el monto y la oportunidad del régimen del art. 2. La reforma ordena el procedimiento y lo hace flexible (revisión anual).A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes