Resumen ejecutivo
Ley de autorización de movimientos de tropas. El Congreso, en ejercicio de la facultad del art. 75 inc. 28 de la Constitución Nacional, permite la entrada de tropas extranjeras y la salida de fuerzas argentinas para el programa de ejercitaciones combinadas del período 1/9/2005–31/8/2006. Los 17 anexos (I a XVII) detallan cada ejercicio —tipo, objetivo, países participantes, fuerzas, fechas y lugares— e incluyen, entre otros, VIEKAREN (con Chile), FRATERNO (con Brasil), INTEGRACION, las fases Atlántico y Pacífico de UNITAS, PANAMAX, ATLASUR, CABAÑAS, SACI y DUENDE. Su objeto es temporal: quedó agotado al finalizar el período autorizado.Objetivo
Cumplir con el requisito constitucional de autorización del Congreso para el ingreso de tropas extranjeras y la salida de fuerzas nacionales, habilitando el programa de ejercitaciones combinadas 2005-2006.Problema que resuelve
La Constitución (art. 75 inc. 28) reserva al Congreso permitir el ingreso de tropas extranjeras y la salida de fuerzas nacionales. Sin esta ley, los ejercicios combinados con otras fuerzas armadas no podían realizarse.A quiénes alcanza
Preguntas frecuentes