Artículo 3Ampliación de fondos y medidas de contención
Texto oficial
Encomiéndase al Poder Ejecutivo nacional la ampliación de fondos destinados a la cobertura de planes sociales durante el período temporal de la declaración de emergencia en el ámbito geográfico de la misma así como la adopción de medidas que tiendan a preservar y restablecer las relaciones de producción y empleo.
Qué significa en la práctica
Encarga al Poder Ejecutivo nacional ampliar los fondos de los planes sociales durante la emergencia y en el ámbito geográfico afectado, y adoptar medidas para preservar y restablecer la producción y el empleo en la región.