Resumen ejecutivo
Ley laboral que reforma el articulo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley de Contrato de Trabajo, t.o. 1976), sobre el ius variandi. Conserva el principio de que el empleador puede introducir cambios en la forma y modalidades de la prestacion del trabajo solo si no importan un ejercicio irrazonable de esa facultad, no alteran modalidades esenciales del ni causan perjuicio material o moral al trabajador. La reforma central esta en las consecuencias del ejercicio abusivo: al texto de 1976, que dejaba al trabajador como unica salida practica considerarse despedido, esta ley le suma expresamente la opcion de accionar para que se restablezcan las condiciones alteradas. Esa accion tramita por el procedimiento sumarisimo (via abreviada) y, mientras dura, no puede innovarse en las condiciones y modalidades de trabajo, salvo que el cambio sea general para el establecimiento o seccion, hasta que recaiga definitiva. Fue promulgada de hecho, por lo que no hubo veto posible.Objetivo
Reequilibrar el ejercicio del ius variandi devolviendo al trabajador la opcion de reclamar judicialmente la restitucion de las condiciones de trabajo alteradas, ademas de la de considerarse despedido sin causa.Problema que resuelve
El texto del articulo 66 vigente desde 1976 dejaba al trabajador afectado por un cambio abusivo una unica salida practica: considerarse despedido y perder el empleo, sin una via clara para conservar el puesto y reclamar la restitucion de las condiciones alteradas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes