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Tratado 26.107

VigenteTratadoNacional

Aprobación del Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles

Sanción:7 de junio de 2006Promulgación:30 de junio de 2006BO:4 de julio de 2006Ver fuente oficial
2artículos
Conservación de especiesAves marinasAlbatros y petrelesCaptura incidentalEspecies migratorias
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley aprobatoria de un tratado ambiental. El Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles (ACAP), firmado en Canberra el 19 de junio de 2001 (19 artículos y 2 anexos), busca proteger a los albatros y petreles, aves marinas amenazadas principalmente por la captura incidental en la pesca con palangre. Compromete a las Partes a conservar sus poblaciones y hábitats, reducir la mortalidad incidental, promover la investigación y cooperar internacionalmente. El acuerdo se celebra en el marco de la Convención sobre las Especies Migratorias (Bonn, 1979).

Objetivo

Incorporar al derecho argentino el Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles y asumir los compromisos de protección de estas aves marinas.

Problema que resuelve

Las poblaciones de albatros y petreles están amenazadas, sobre todo por la captura incidental en la pesca. El acuerdo coordina la acción internacional para conservarlas y reducir esa mortalidad.

A quiénes alcanza

Estado nacionalpersonas alcanzadas por el tratado
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado a adoptar medidas para conservar las poblaciones y los hábitats de albatros y petreles, reducir su captura incidental en la pesca y cooperar internacionalmente en su protección.

Casos de uso

  • Fundamentar medidas de manejo pesquero para reducir la captura incidental de aves marinas.
  • Conocer los compromisos internacionales de la Argentina en la conservación de albatros y petreles.

Preguntas frecuentes

El Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles (ACAP), firmado en Canberra el 19 de junio de 2001, de 19 artículos y 2 anexos, que se incorpora como anexo.