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Tratado 26.137

VigenteTratadoNacional

Tratado de Cooperación entre la Argentina y México sobre Asistencia Jurídica en Materia Penal

Sanción:16 de agosto de 2006Promulgación:30 de agosto de 2006BO:4 de septiembre de 2006Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley que aprueba el Tratado de Cooperación entre la Argentina y los Estados Unidos Mexicanos (México) sobre Asistencia Jurídica en Materia Penal, firmado en Buenos Aires el 4 de julio de 2002. El tratado —de 22 artículos, anexo a la ley— organiza la asistencia mutua entre ambos países en investigaciones, procesos y actuaciones penales: de actos, obtención de pruebas y declaraciones, localización de personas, entrega de documentos, medidas sobre bienes y otras formas de cooperación entre sus autoridades. La aprobación por ley es el paso interno previo a la ratificación internacional.

Objetivo

Incorporar al derecho argentino el tratado de asistencia jurídica en materia penal con México, habilitando su ratificación.

Problema que resuelve

La persecución de delitos con elementos transnacionales exige cooperación entre Estados; sin un tratado, la asistencia (pruebas, notificaciones, testigos) entre la Argentina y México quedaba librada a la cortesía internacional.

A quiénes alcanza

Estado argentinoautoridades judicialesMinisterio Públicopersonas sometidas a proceso penal
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Argentina y México se prestan asistencia jurídica mutua en investigaciones y procesos penales conforme al tratado aprobado (notificaciones, pruebas, declaraciones, localización de personas, medidas sobre bienes).

Casos de uso

  • Un juez argentino solicita a las autoridades mexicanas, por la vía del tratado, la declaración de un testigo o la remisión de documentos para una causa penal.

Preguntas frecuentes

El Tratado de Cooperación entre la Argentina y los Estados Unidos Mexicanos (México) sobre Asistencia Jurídica en Materia Penal, firmado el 4 de julio de 2002, que consta de 22 artículos anexos a la ley (art. 1).