Volver al listado

Ley 26.150

VigenteNacional

Programa Nacional de Educación Sexual Integral

Sanción:4 de octubre de 2006Promulgación:23 de octubre de 2006BO:24 de octubre de 2006Ver fuente oficial
11artículos
Educación Sexual IntegralEducaciónSalud sexualDerechos de niñez
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Educación Sexual Integral (2006) establece que todos los educandos tienen derecho a recibir Educación Sexual Integral en los establecimientos públicos de gestión estatal o privada de todas las jurisdicciones, entendida como la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos. Crea el Programa Nacional de ESI en el Ministerio de Educación para cumplir, en las escuelas, normas como la Ley de Salud Sexual y Procreación Responsable de Salud Sexual, la Convención de los Derechos del Niño y la Ley de Protección Integral de NNyA. Fija objetivos, destinatarios (del nivel inicial a la formación docente), la obligatoriedad de acciones sistemáticas, la definición de lineamientos curriculares básicos por el Ministerio con el Consejo Federal, y espacios de formación para padres. Su aplicación es gradual y progresiva.

Objetivo

Garantizar que la ESI llegue a todas las aulas del país, de forma sistemática y con lineamientos curriculares comunes.

Problema que resuelve

La educación sexual llegaba de manera dispar o ausente; la ley la vuelve un derecho de los estudiantes y una del sistema educativo, con un programa nacional que la organiza.

A quiénes alcanza

Estudiantes de todos los nivelesEscuelas públicas de gestión estatal y privadaDocentesFamilias y responsablesJurisdicciones educativas (Nación, provincias, CABA, municipios)
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Todas las escuelas (públicas y privadas) deben dar ESI de forma obligatoria y sistemática a lo largo del ciclo lectivo
  • El Ministerio de Educación define, con el Consejo Federal, los lineamientos curriculares básicos
  • Capacitar de forma permanente y gratuita a los docentes
  • Organizar espacios de formación para los padres y responsables

Derechos que reconoce

  • Todos los estudiantes tienen derecho a recibir Educación Sexual Integral
  • Las familias tienen derecho a estar informadas y a participar de espacios de formación

Casos de uso

  • Una escuela incorpora contenidos de ESI en su proyecto institucional
  • Un docente recibe capacitación gratuita en ESI

Preguntas frecuentes

Sí: las jurisdicciones deben garantizar acciones educativas sistemáticas y obligatorias de ESI en todas las escuelas, públicas y privadas, adaptadas a la realidad de cada comunidad (art. 5).