Resumen ejecutivo
La Primer Protocolo de La Haya de 1954 (bienes culturales en la guerra) aprueba, en el orden interno argentino, el Primer Protocolo de la Convención de La Haya de 1954 sobre protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado. El Protocolo compromete a los Estados a impedir la exportación de bienes culturales desde un territorio ocupado, a hacerse cargo de los bienes culturales importados desde territorios ocupados y a restituirlos al término de las hostilidades, y a no retener esos bienes como reparación de guerra. Consta de tres secciones. La aprobación por ley es el paso interno para que el Estado pueda ratificar el instrumento internacional.Objetivo
Incorporar al derecho argentino el Primer Protocolo de La Haya de 1954, reforzando la protección de los bienes culturales frente a los saqueos y traslados ilícitos durante los conflictos armados.Problema que resuelve
Durante los conflictos armados los bienes culturales son saqueados o trasladados desde los territorios ocupados; faltaban reglas internacionales claras sobre su restitución. El Protocolo llena ese vacío obligando a impedir la exportación y a restituir esos bienes.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes