Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de un tratado de cooperacion penal. Por su articulo 1 aprueba el Convenio que permite a la Argentina y a Francia prestarse asistencia mutua en investigaciones y procesos penales (notificaciones, obtencion de pruebas, declaraciones, envio de documentos, entre otros), canalizada a traves de autoridades centrales. El articulo 2 es de forma.Objetivo
Establecer un canal de cooperacion judicial en materia penal entre la Argentina y Francia.Problema que resuelve
La persecucion de delitos con elementos en ambos paises requiere un instrumento que permita pedir y obtener pruebas y diligencias en el extranjero sin recurrir a un juicio nuevo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes