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Ley 26.201

VigenteNacional

Transferencia de la ex estación ferroviaria Marcos Juárez a su municipio (Córdoba)

Sanción:13 de diciembre de 2006BO:11 de enero de 2007Ver fuente oficial
4artículos
transferencia de inmueblesbienes ferroviariosdominio del Estadodesarrollo urbano
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Estado nacional conservaba la titularidad del predio de la ex estación ferroviaria Marcos Juárez (ex Línea General Bartolomé Mitre), desafectado de la operatoria ferroviaria y sin uso. La ley lo transfiere sin costo a la Municipalidad de Marcos Juárez para que lo destine al desarrollo urbano de la ciudad, a la construcción de un velódromo y una plazoleta y a la recuperación edilicia de las estaciones y del arbolado. El Poder Ejecutivo debe escriturar dentro de los 180 días.

Objetivo

Transferir gratuitamente al municipio de Marcos Juárez los inmuebles ferroviarios en desuso del Estado nacional para su reutilización urbana.

Problema que resuelve

Predios ferroviarios nacionales desafectados quedaban ociosos y sin gestión local, impidiendo su aprovechamiento por la comunidad.

A quiénes alcanza

Municipalidad de Marcos JuárezVecinos de Marcos Juárez (Córdoba)
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo nacional debe otorgar la escritura traslativa de e inscribirla catastralmente dentro de los 180 días (art. 3).
  • La Municipalidad de Marcos Juárez debe destinar el predio al desarrollo urbano, a un velódromo, a una plazoleta y a la recuperación edilicia y del arbolado (art. 2).

Derechos que reconoce

  • La Municipalidad de Marcos Juárez recibe gratuitamente el de los inmuebles e instalaciones de la ex estación (art. 1).

Casos de uso

  • El municipio ejecuta obras públicas y espacios recreativos sobre el predio de la ex estación ferroviaria.

Preguntas frecuentes

Los inmuebles e instalaciones del Estado nacional desafectados de la operatoria ferroviaria donde funcionó la estación Marcos Juárez (ex Línea General Bartolomé Mitre), a favor de la Municipalidad de Marcos Juárez, Córdoba (art. 1).