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Ley 26.217

VigenteNacional

Prórroga de los derechos de exportación de hidrocarburos (retenciones)

Sanción:20 de diciembre de 2006BO:16 de enero de 2007Ver fuente oficial
5artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Prorroga por cinco años, a partir de su vencimiento, el derecho de exportación sobre los hidrocarburos (las llamadas retenciones) creado por el segundo párrafo del Art. 6 — Ley de Emergencia Pública, junto con las facultades del Poder Ejecutivo nacional —delegables en el Ministerio de Economía— para establecer las alícuotas. Aclara que el derecho también alcanza a las exportaciones desde el Área Aduanera Especial de la Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego) (Tierra del Fuego) y mantiene vigentes los decretos y resoluciones que fijaron las alícuotas hasta tanto se ejerzan las nuevas facultades. El producido se destina a la sustentabilidad del programa fiscal y económico.

Objetivo

Mantener por cinco años más las retenciones a la exportación de hidrocarburos como fuente de recursos fiscales y las facultades del Ejecutivo para fijarlas.

Problema que resuelve

El derecho de exportación de hidrocarburos creado en la emergencia de 2002 tenía vencimiento previsto; sin prórroga, el Estado perdía esa fuente de recursos y las facultades para fijar las alícuotas.

A quiénes alcanza

empresas exportadoras de hidrocarburossector energéticoEstado nacionalÁrea Aduanera Especial de Tierra del Fuego
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los exportadores de hidrocarburos deben tributar el derecho de exportación prorrogado, según las alícuotas que fije el Poder Ejecutivo o el Ministerio de Economía.

Derechos que reconoce

  • El Estado nacional conserva por cinco años más la potestad de percibir el derecho de exportación de hidrocarburos y de fijar sus alícuotas.

Casos de uso

  • Una petrolera que exporta crudo y debe liquidar el derecho de exportación vigente al registrar su solicitud de destinación de exportación ante la aduana.
  • Una empresa radicada en el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego (Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego)) que exporta hidrocarburos y queda alcanzada por el derecho prorrogado.

Preguntas frecuentes

Prorrogó por cinco años el derecho de exportación de hidrocarburos creado por el segundo párrafo del Art. 6 — Ley de Emergencia Pública y las facultades del Poder Ejecutivo para fijar las alícuotas (art. 1º).