Resumen ejecutivo
Prorroga por cinco años, a partir de su vencimiento, el derecho de exportación sobre los hidrocarburos (las llamadas retenciones) creado por el segundo párrafo del Art. 6 — Ley de Emergencia Pública, junto con las facultades del Poder Ejecutivo nacional —delegables en el Ministerio de Economía— para establecer las alícuotas. Aclara que el derecho también alcanza a las exportaciones desde el Área Aduanera Especial de la Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego) (Tierra del Fuego) y mantiene vigentes los decretos y resoluciones que fijaron las alícuotas hasta tanto se ejerzan las nuevas facultades. El producido se destina a la sustentabilidad del programa fiscal y económico.Objetivo
Mantener por cinco años más las retenciones a la exportación de hidrocarburos como fuente de recursos fiscales y las facultades del Ejecutivo para fijarlas.Problema que resuelve
El derecho de exportación de hidrocarburos creado en la emergencia de 2002 tenía vencimiento previsto; sin prórroga, el Estado perdía esa fuente de recursos y las facultades para fijar las alícuotas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes