Resumen ejecutivo
Incorpora el artículo 10 bis a la Creación de AR-SAT (que creó la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A., AR-SAT) para otorgarle un régimen de exenciones impositivas. Exime a AR-SAT de todos los impuestos nacionales —IVA, impuestos internos, tributos a la importación para consumo y el impuesto sobre créditos y débitos bancarios de la Impuesto al Cheque—, da al IVA de sus compras para la fabricación de satélites el tratamiento del artículo 43 de la Ley de IVA (crédito fiscal recuperable) y exime de impuestos, incluido Ganancias, los pagos a beneficiarios del exterior por esos trabajos. Las exenciones no alcanzan a los recursos de la seguridad social y rigen mientras el capital siga en manos estatales y no cambie el objeto social.Objetivo
Facilitar el financiamiento del programa satelital nacional eximiendo a AR-SAT de la carga impositiva sobre el desarrollo de satélites geoestacionarios.Problema que resuelve
El costo impositivo de importar componentes y contratar servicios para fabricar satélites encarecía el programa satelital argentino ejecutado por AR-SAT, una empresa de capital estatal.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes