Resumen ejecutivo
Por esta ley el Congreso aprobó el Protocolo Adicional entre la República Argentina y la República Italiana, suscripto en Buenos Aires el 16 de agosto de 2005, que modifica el Convenio de Nacionalidad firmado por ambos países el 29 de octubre de 1971. El protocolo consta de cuatro artículos y actualiza las reglas por las que un nacional de uno de los dos países puede adquirir la nacionalidad del otro conservando la propia. La doble nacionalidad ítalo-argentina es un régimen de amplio uso, dada la numerosa comunidad de origen italiano en la Argentina y de origen argentino en Italia.Objetivo
Actualizar el convenio bilateral de doble nacionalidad entre la Argentina e Italia vigente desde 1971.Problema que resuelve
El convenio de nacionalidad de 1971 había quedado desactualizado frente a la realidad de las comunidades ítalo-argentinas y requería ajustes acordados entre ambos Estados.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes