Volver al listado

Ley 26.252

VigenteNacional

Convenio con la República Dominicana sobre traslado de condenados y cumplimiento de sentencias penales

Sanción:25 de abril de 2007BO:22 de mayo de 2007Ver fuente oficial
2artículos
traslado de condenadoscooperación penal internacionalcumplimiento de sentenciasRepública Dominicana
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Aprueba el convenio con la República Dominicana (firmado en Santo Domingo el 23 de febrero de 2004, de 17 artículos) sobre traslado de nacionales condenados y cumplimiento de sentencias penales. Una persona condenada en uno de los dos países que sea nacional del otro puede ser trasladada a su Estado de nacionalidad para cumplir allí la pena, con su consentimiento y el acuerdo de ambos Estados, favoreciendo su reinserción social. Esta ley incorpora el convenio al derecho argentino.

Objetivo

Incorporar al derecho argentino el convenio con la República Dominicana sobre traslado de condenados.

Problema que resuelve

Sin convenio, un nacional condenado en el otro país debía cumplir toda la pena lejos de su entorno, sin un mecanismo bilateral para el traslado y el reconocimiento de la .

A quiénes alcanza

personas condenadasnacionales argentinos en el exteriornacionales dominicanosfamiliares de personas condenadas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los Estados deben tramitar las solicitudes de traslado y el Estado receptor debe hacer cumplir la dictada en el otro país.

Derechos que reconoce

  • La persona condenada nacional del otro Estado puede pedir ser trasladada a su país para cumplir allí la pena.
  • El traslado requiere el consentimiento de la persona condenada.

Casos de uso

  • Un argentino condenado en la República Dominicana solicita cumplir el resto de la pena en la Argentina.
  • Un dominicano condenado en la Argentina pide su traslado a la República Dominicana.

Preguntas frecuentes

El traslado de nacionales condenados y el cumplimiento de sentencias penales entre la Argentina y la República Dominicana: un condenado nacional del otro país puede cumplir la pena en su Estado de nacionalidad.