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Ley 26.256

VigenteNacional

Convenio Básico con la OPS/OMS sobre relaciones institucionales, privilegios e inmunidades

Sanción:25 de abril de 2007BO:22 de mayo de 2007Ver fuente oficial
2artículos
organismos internacionalesprivilegios e inmunidadesOPSOMScooperación en salud
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Aprueba el convenio básico firmado en Buenos Aires el 16 de junio de 2005 con la Organización Panamericana de la Salud / Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), organismo del sistema de las Naciones Unidas (de 43 artículos). El convenio regula las relaciones institucionales entre la Argentina y la OPS/OMS y reconoce a la Organización, a su representación, a sus locales y a sus funcionarios el régimen de privilegios e inmunidades habitual de los organismos internacionales, para que puedan cumplir sus funciones de cooperación sanitaria en el país. Esta ley incorpora el convenio al derecho argentino.

Objetivo

Incorporar al derecho argentino el convenio básico con la OPS/OMS sobre privilegios e inmunidades.

Problema que resuelve

La representación de la OPS/OMS en la Argentina funcionaba sin un marco legal completo que definiera su estatuto jurídico, privilegios e inmunidades como organismo internacional.

A quiénes alcanza

OPS/OMSfuncionarios de organismos internacionalesMinisterio de SaludEstado argentino
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino se obliga a reconocer y respetar el estatuto jurídico, los privilegios y las inmunidades de la OPS/OMS, de sus locales y de sus funcionarios, conforme al convenio.

Derechos que reconoce

  • La OPS/OMS, su representación en el país, sus locales y sus funcionarios gozan en la Argentina de los privilegios e inmunidades reconocidos a los organismos internacionales.

Casos de uso

  • La oficina de la OPS/OMS en Buenos Aires opera con un estatuto jurídico claro para desarrollar programas de cooperación sanitaria.
  • Un funcionario internacional de la OPS/OMS ejerce sus funciones en la Argentina amparado por las inmunidades del convenio.

Preguntas frecuentes

Regula las relaciones institucionales entre la Argentina y la OPS/OMS y le reconoce a la Organización, sus locales y sus funcionarios los privilegios e inmunidades habituales de los organismos internacionales.