Resumen ejecutivo
El Art. 23 — Ley de Impuesto a las Ganancias fija cuánto puede restar de su ganancia una persona antes de tributar: el mínimo no imponible, las deducciones por cónyuge, hijos y otras cargas de familia, y la deducción especial. La Ley 26.287 elevó esos importes para el ejercicio 2007 —por ejemplo, $8.000 anuales por cónyuge, $4.000 por cada hijo menor de 24 años o incapacitado, $3.000 por otros parientes— con el requisito de que la persona a cargo no tenga entradas netas superiores a $7.500 al año. También ajustó la deducción especial (que se eleva 3,8 veces para sueldos y jubilaciones) y actualizó la tabla que va reduciendo estas deducciones a medida que sube la ganancia neta anual. Rige desde el 1º de enero de 2007.Objetivo
Actualizar los montos de las deducciones personales y por cargas de familia del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio 2007.Problema que resuelve
Los importes del artículo 23 habían quedado desactualizados frente a la inflación y la evolución de los salarios, lo que aumentaba la carga del impuesto sobre los ingresos medios.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes