Resumen ejecutivo
Declara el estado de emergencia de la actividad pesca de río en el río Paraná por un año, ante la sobreexplotación de las especies de agua dulce (en particular el sábalo). Durante la emergencia, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos —— debe fijar cupos de exportación según el rendimiento del río y asignarlos en 60 días, y elaborar un programa integral de control y recuperación en el marco de la Comisión de Pesca Continental. Las medidas deben compatibilizar la recuperación de la biomasa con el mantenimiento de las fuentes de trabajo, y los Ministerios de Desarrollo Social y de Trabajo, con las provincias, deben relevar y asistir a la población afectada, sobre todo a los pescadores artesanales. El plazo de un año se agotó en 2008; la ley no fue derogada.Objetivo
Frenar la depredación de las especies de agua dulce del Paraná mediante cupos de exportación y un programa de recuperación, protegiendo a la vez el empleo del sector.Problema que resuelve
La sobrepesca y exportación creciente de sábalo y otras especies del Paraná, que amenazaban el recurso y las fuentes de trabajo de los pescadores artesanales.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes