Resumen ejecutivo
La Constitución (art. 75 inc. 28) reserva al Congreso la facultad de permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él: el Poder Ejecutivo no puede disponerlo por sí solo. Con esta ley el Congreso concede esa autorización para un calendario concreto de ejercitaciones combinadas —como el ejercicio INTEGRACIÓN I-2007 con ejércitos del MERCOSUR y de la región— que se desarrollarían entre el 12/11/2007 y el 31/08/2008. Los once anexos (I a XI) describen cada actividad: países participantes, efectivos, tipo de fuerza, armamento y fechas. Es una autorización acotada en el tiempo, hoy agotada por vencimiento del plazo, no derogada.Objetivo
Otorgar la autorización parlamentaria exigida por la Constitución para el ingreso de tropas extranjeras y el egreso de fuerzas argentinas con fines de ejercicios militares combinados durante 2007-2008.Problema que resuelve
Sin ley del Congreso, ningún ejercicio militar que implique tropas extranjeras en suelo argentino o fuerzas argentinas en el exterior puede realizarse: la autorización es una indelegable del Poder Legislativo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes