Resumen ejecutivo
La ley honra la memoria del general Martín Miguel de Güemes —patrono de la Gendarmería Nacional— haciendo obligatorio que la fuerza incorpore la leyenda «Gral. Martín Miguel de Güemes, Héroe de la Nación Argentina» en el ángulo superior derecho de su papelería oficial y en todo material impreso, cartelería, folletos, portadas, material audiovisual, telemático y ediciones digitales. Alcanza también a las escuelas, institutos y centros de la Gendarmería. La sustitución de la papelería sin la leyenda se hace de manera gradual, a medida que se renueva por desgaste o agotamiento de existencias, para no generar costos por descarte. Es una norma de identidad institucional con contenido honorífico, pero con una operativa concreta a cargo de la fuerza.Objetivo
Fijar como distintivo obligatorio de la Gendarmería Nacional la leyenda que honra a Güemes en toda su papelería y material institucional.Problema que resuelve
La designación de Güemes como figura tutelar de la Gendarmería carecía de una expresión formal y uniforme en la documentación de la fuerza; la ley la unifica y la hace obligatoria.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes