Resumen ejecutivo
La ley aprueba la Convención de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, adoptada en París el 20 de octubre de 2005 (35 artículos y un anexo). La Convención reconoce el derecho soberano de cada Estado a formular sus políticas culturales y a adoptar medidas para proteger y promover las expresiones culturales (fomento del cine, la música, el libro y las industrias culturales), afirma que los bienes y servicios culturales tienen un valor que no es solo económico sino también identitario, crea el Fondo Internacional para la Diversidad Cultural y establece una Conferencia de las Partes y un Comité Intergubernamental. Con la aprobación, Argentina se incorpora como parte del tratado.Objetivo
Reconocer y proteger el derecho de los Estados a adoptar políticas para preservar y promover la diversidad de sus expresiones culturales.Problema que resuelve
La globalización y la liberalización del comercio amenazaban con homogeneizar la cultura y tratar los bienes culturales como simples mercancías, sin margen para las políticas de fomento cultural.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes