Resumen ejecutivo
La Cuenta de Inversion es la rendicion anual con la que el Poder Ejecutivo informa como ejecuto el Presupuesto; examinarla y aprobarla o desecharla es una atribucion del Congreso (art. 75 inc. 8 de la Constitucion). Con esta ley el Congreso aprueba de una sola vez las cuentas de seis ejercicios atrasados: 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004. El articulo 7 aclara que esa aprobacion contable no impide ni frena las investigaciones ni los juicios para determinar responsabilidades de los funcionarios por los hechos de esos periodos.Objetivo
Poner al dia el control parlamentario de la ejecucion presupuestaria aprobando las Cuentas de Inversion de 1999 a 2004.Problema que resuelve
Las Cuentas de Inversion de seis ejercicios permanecian sin tratamiento del Congreso, dejando pendiente el control constitucional de la ejecucion del Presupuesto.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes