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Ley 26.332

VigenteNacional

Monumento a las victimas del Holocausto: emplazamiento y llamado a concurso

Sanción:4 de diciembre de 2007BO:26 de diciembre de 2007Ver fuente oficial
2artículos
memoria del Holocaustomonumentos nacionalesespacio publicocultura
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley 24.636 dispuso construir un monumento nacional a la memoria de las victimas del Holocausto judio. Esta ley reescribe su articulo 2 para definir el emplazamiento: el espacio delimitado por la Av. del Libertador, las vias del Ferrocarril Mitre, la calle Freyre y las vias del Ferrocarril San Martin, en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires. Ademas encomienda que la obra se realice mediante un concurso nacional e internacional entre escultores y artistas plasticos, convocado por el Poder Ejecutivo a traves de la Secretaria de Cultura de la Presidencia, que dictara las normas y designara el jurado. Es una ley de contenido acotado: fija el lugar y el procedimiento del monumento, sin crear obligaciones para los particulares.

Objetivo

Determinar donde se erige el monumento nacional a las victimas del Holocausto y como se selecciona la obra.

Problema que resuelve

La ley original no fijaba con precision el lugar de emplazamiento del monumento ni el mecanismo para elegir el proyecto.

A quiénes alcanza

comunidad judiapublico generalSecretaria de Cultura de la Nacionartistas y escultores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Secretaria de Cultura de la Presidencia debe llamar a concurso nacional e internacional entre escultores y artistas plasticos, dictar las normas y constituir un jurado.

Derechos que reconoce

  • La comunidad y el publico general obtienen un espacio de memoria dedicado a las victimas del Holocausto en la Ciudad de Buenos Aires.

Casos de uso

  • La convocatoria a un concurso publico de artistas para disenar el monumento.
  • La eleccion del predio donde se erige el monumento en la Ciudad de Buenos Aires.

Preguntas frecuentes

Al monumento nacional a la memoria de las victimas del Holocausto judio dispuesto por la Ley 24.636. Esta ley reescribe su articulo 2.