Resumen ejecutivo
Ley aclaratoria y de orden público de la Ley 21.453 (régimen de las exportaciones agrícolas). Dispone que, cuando entre el registro de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y la oficialización de la exportación aumenten los derechos de exportación de productos agropecuarios, el exportador debe acreditar de modo fehaciente que ya tenía o había adquirido la mercadería antes del aumento; si no lo hace, tributa la mayor alícuota entre ambas fechas. La regla se aplica incluso a DJVE registradas antes de su vigencia (efecto retroactivo). Designa a la Secretaría de Agricultura, que informa a la AFIP. Dictada en diciembre de 2007, es el antecedente legislativo inmediato del conflicto por las retenciones móviles (Resolución 125/2008).Objetivo
Cerrar el uso de declaraciones anticipadas para eludir aumentos de retenciones, exigiendo respaldo de tenencia de la mercadería.Problema que resuelve
Ante subas de retenciones, algunos exportadores registraban DJVE sin tener la mercadería para pagar la alícuota anterior, más baja, generando controversia sobre qué alícuota correspondía.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes